161 mil millones de pesos cuesta al Estado bono de $ 40.000 para los sectores más pobres aprobado hoy por la Cámara

El proyecto de ley (Boletín 6561), ingresado ayer a trámite a la Cámara de Diputados, fue respaldado por unanimidad (107 votos) en la Sala y despachado al Senado a cumplir su segundo trámite constitucional. El bono lo recibirán los beneficiarios de asignación familiar y asignación maternal, que tengan un ingreso mensual igual o inferior a $ 441.274.

El bono será de $ 40.000 por cada causante que el beneficiario tenga acreditado al 30 de abril de 2009. Igualmente tendrán derecho a este bono las familias registradas en el Sistema de Protección Social “Chile Solidario”, en este caso cada familia tendrá derecho a un bono.

La medida tendrá un costo para el erario nacional de $161.937 millones, será de cargo fiscal y se pagará en una sola cuota en el mes de agosto de 2009 por el Instituto de Previsión Social. Para ello, el instituto podrá celebrar convenios directos con una o más entidades bancarias que cuenten con una red de sucursales que garantice la cobertura nacional.

El bono no constituirá remuneración ni renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable y no estará afecto a descuento alguno.

El plazo para reclamar por el no otorgamiento del bono será de un año contado desde la publicación de la ley y quienes perciban indebidamente el bono extraordinario, se les aplicarán las sanciones administrativas y penales que pudieren corresponderles.

Además, el infractor deberá restituir las sumas indebidamente percibidas, reajustadas de conformidad a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas, entre el mes anterior a aquel en que se percibió y el que antecede a su restitución.

Combustibles

Por otra parte, el proyecto modifica la Ley 20.259, fijando en 1,5 UTM/m3 el componente variable del impuesto a las gasolinas automotrices. De esta manera, hasta la vigencia de dicha ley, la tasa de impuesto específico a las gasolinas no excederá de 4,5 UTM/m3, medida que no tendrá costo fiscal debido a la evolución de los precios del petróleo esperada al momento de elaborarse la Ley de Presupuestos para 2009.

El proyecto, además, incrementa pór un año el porcentaje de recuperación del Impuesto Específico al Petróleo Diesel (IEPD) que pueden recuperar las empresas de transportes de carga, establecido en la Ley 19.764.

El texto propone que entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010 las empresas con ventas anuales inferiores o iguales a 18.6000 UTM puedan acceder a una recuperación de un 80 % de lo pagado por concepto de IEPD, las empresas con ventas anuales superiores a 18.600 UTM e inferiores o iguales a 42.500 UTM puedan recuperar un 50 % de lo pagado por IEPD y las empresas con ventas anuales superiores a 42.500 UTM, puedan recuperar un 25 % de los pagado por IEPD.

Además el proyecto propone que las empresas de transporte internacional de carga también puedan acceder al beneficio establecido en la Ley 19.764 en su componente fijo y variable.

Los costos fiscales, por menor recaudación tributaria, serán de 13 mil 959 millones de pesos este año; 14 mil millones de pesos en 2010 y 100 millones de pesos cuando esté en régimen desde 2011.

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