Cámara despacha al Senado proyecto que sanciona el cohecho a funcionarios públicos extranjeros
La iniciativa legal (Boletín 6476), aprobada hoy por 82 votos en la Sala, responde al cumplimiento de las recomendaciones para que Chile adecue su legislación a fin de ser admitido en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (O.C.D.E.).
El organismo internacional, al que pertenecen las principales economías del planeta, ha sugerido que Chile actualice sus leyes a la Convención para Combatir el Cohecho de Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales.
Por ello, el proyecto complementa la ley que introduce modificaciones al Código Penal en la regulación de ciertos delitos contra la administración pública, incluyendo al cohecho en el catálogo de crímenes y simples delitos perpetrados fuera del territorio de la República que, a pesar de aquella circunstancia, quedan sometidos a la jurisdicción chilena.
Así, el cohecho queda integrado al artículo 6° del Código Orgánico de Tribunales, junto con otros delitos de alta trascendencia jurídica, como la malversación de caudales públicos, los fraudes y exacciones ilegales.
El proyecto de ley señala que serán competentes para conocer del delito de cohecho mencionado, los tribunales chilenos con competencia en lo penal, incluso cuando sólo parte de su ejecución haya tenido lugar en Chile.
El texto también modifica la Ley N°19.913, que creó la Unidad de Análisis Financiero y modificó diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos, incorporando el cohecho al catálogo de delitos dentro de la órbita del lavado de dinero y activos.
Antecedente
Cabe recordar que una moción de los diputados Jorge Burgos Varela, Guillermo Ceroni Fuentes y Nicolás Monckeberg Díaz y del ex diputado Juan Bustos Ramírez, comprendía esta normativa, pero fue declarada inadmisible por el Tribunal Constitucional por un problema formal (omisión del trámite establecido en el artículo 77 de la Constitución Política de la República).
El organismo internacional, al que pertenecen las principales economías del planeta, ha sugerido que Chile actualice sus leyes a la Convención para Combatir el Cohecho de Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales.
Por ello, el proyecto complementa la ley que introduce modificaciones al Código Penal en la regulación de ciertos delitos contra la administración pública, incluyendo al cohecho en el catálogo de crímenes y simples delitos perpetrados fuera del territorio de la República que, a pesar de aquella circunstancia, quedan sometidos a la jurisdicción chilena.
Así, el cohecho queda integrado al artículo 6° del Código Orgánico de Tribunales, junto con otros delitos de alta trascendencia jurídica, como la malversación de caudales públicos, los fraudes y exacciones ilegales.
El proyecto de ley señala que serán competentes para conocer del delito de cohecho mencionado, los tribunales chilenos con competencia en lo penal, incluso cuando sólo parte de su ejecución haya tenido lugar en Chile.
El texto también modifica la Ley N°19.913, que creó la Unidad de Análisis Financiero y modificó diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos, incorporando el cohecho al catálogo de delitos dentro de la órbita del lavado de dinero y activos.
Antecedente
Cabe recordar que una moción de los diputados Jorge Burgos Varela, Guillermo Ceroni Fuentes y Nicolás Monckeberg Díaz y del ex diputado Juan Bustos Ramírez, comprendía esta normativa, pero fue declarada inadmisible por el Tribunal Constitucional por un problema formal (omisión del trámite establecido en el artículo 77 de la Constitución Política de la República).
Comentarios