Diputados aprueban con modificaciones monumento en memoria del Papa Juan Pablo II en Puyehue

Con 66 votos a favor, la Cámara de Diputados despachó este jueves al Senado a tercer trámite constitucional, la moción que autoriza erigir un monumento en el Paso Cardenal Samoré, comuna de Puyehue, X Región, en memoria de Su Santidad Juan Pablo II, Karol Józef Wojtyla.

Los diputados introdujeron algunos cambios a la moción original (Boletín 3828) de los senadores Antonio Horvath, Jaime Naranjo, Sergio Romero y Hosain Sabag y del ex senador Sergio Fernández.

Por una parte se eliminó la palabra “Cardenal” y cambió al Cardenal Arzobispo de Santiago por el Arzobispo de Puerto Montt en la Comisión Especial encargada de recolectar y administrar los fondos para erigir el monumento, dada su identificación con la zona en que se pretende emplazar el monumento.

Además, se corrigió el error de asignar a la Municipalidad de Santiago participación en lo que respecta a la determinación de la ubicación del monumento, en circunstancias que es la Municipalidad de Puyehue la que debería pronunciarse.

Discusión general

Durante el debate en la Comisión de las Artes y la Cultura “se trajeron a colación las dificultades que se producen en la práctica para materializar la construcción de los monumentos que se autorizan erigir, a través de una ley, en las distintas ciudades del país, siendo frecuente que aquéllos no se lleven a cabo y la norma aprobada por el Poder Legislativo se transforme en letra muerta”.

“En ese sentido, se valoró que la iniciativa legal que se analiza establezca un plazo para la erección del monumento en honor a Juan Pablo II y determine expresamente el destino de los recursos que se hayan obtenido para estos efectos, en caso de que la obra no se ejecute en el término previsto (tres años), encomendando a la Comisión Especial aplicarlos al objetivo de beneficencia que ella misma defina”, señala el informe de la Comisión.

Añade el documento que “la mayoría de los integrantes de la Comisión estuvo conteste en la importancia de contar, a la brevedad, con una normativa destinada a regular el procedimiento de autorización para la erección de monumentos, en virtud de la cual se otorguen facultades, para estos efectos, a los gobiernos regionales y a los municipios, en el entendido de que el Nº 5) del artículo 63 de la Carta Fundamental hace necesaria la dictación de una ley, de carácter general y abstracto, para definir el concepto de honores públicos, señalando las distintas formas que éstos pueden revestir y estableciendo las normas básicas para proceder a su otorgamiento”.

“Se reflexionó en torno a que, de este modo, se podría poner fin a la práctica de dictar una ley especial para cada caso específico en que se desea rendir homenaje a un gran servidor público por la vía de la construcción de monumentos, circunstancia que priva a las regiones de la oportunidad de llevar a cabo una iniciativa de este tipo que se justifica en el nivel local”, señala el informe.

Agrega que “no obstante, hubo quienes advirtieron sobre el riesgo que podría involucrar esta medida, toda vez que podría producirse un considerable aumento en la cantidad de monumentos que se erigirían para satisfacer todos los intereses de índole local”.

Sobre el particular, el representante del Ejecutivo aclaró que se encuentra en trámite en el Senado una moción de los senadores Cantero y Horvath, que regula honores públicos a los grandes servidores (boletín N° 2244-04-S) y que el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes ha elaborado una propuesta para patrocinar la indicación sustitutiva presentada por el senador Cantero al mencionado proyecto, “que precisamente faculta a los gobiernos regionales y a los municipios para otorgar honores públicos, entre los que se cuenta la erección de monumentos a aquéllos cuya contribución se identifique claramente con una región o comuna determinada, según el caso”, concluye el informe de la comisión.

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