DIPUTADOS: Proponen recurso judicial para apelar de las sanciones aplicadas por uso indebido del subsidio al transporte

El texto legal ingresado a la Cámara por el Ejecutivo permite a quienes sean sancionados por el uso indebido del subsidio al transporte público de pasajeros realizar un reclamo ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

En la Ley 20.378, que Crea un Subsidio Nacional para el Transporte Público Remunerado de Pasajeros, se establecen las sanciones por percepción indebida de los recursos provenientes del subsidio, las circunstancias que se considerarán para la determinación de las sanciones, el procedimiento previo en el cual deberán fundarse y los recursos administrativos que procedan en contra de las resoluciones que aplican las respectivas sanciones.

Asimismo, la legislación establece que los beneficiarios de este subsidio son quienes tengan ingresos iguales o inferiores al límite máximo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 18.987 y las familias que se encuentren registradas en el sistema de protección social “Chile Solidario".

En tanto, las sanciones se disponen para las personas que perciban indebidamente los recursos provenientes del subsidio y están basadas en la amonestación por escrito, suspensión parcial o total del subsidio, cancelación de la inscripción del vehículo o del servicio, o caducidad de la concesión.

Adicionalmente, el artículo 8° establece que aparte de las sanciones indicadas podrá aplicarse una multa a beneficio fiscal, la que no podrá ser inferior a 5 Unidades Tributarias Mensuales ni exceder de 1.000 Unidades Tributarias Mensuales.

Sin embargo, el proyecto recién ingresado (boletín 6758) señala que la Ley N° 20.378 sólo establece recursos administrativos y se menciona la posibilidad de deducir acciones judiciales en términos genéricos.

Por lo anterior, el mensaje estima pertinente modificar dicha normativa, complementando la regulación de la reclamación judicial, creando un procedimiento especial que señale específicamente el Tribunal competente y el procedimiento respectivo

Para ello se plantea un recurso ante la Corte de Apelaciones de Santiago, cuya agregación a la tabla, vista y fallo se regirá por las reglas aplicables al recurso de protección.

Este recurso será presentado por las personas que hayan sido sancionadas con suspensión parcial o total del subsidio, cancelación de la inscripción del vehículo o del servicio en el Registro Nacional de Servicios de Transportes de Pasajeros, caducidad de la concesión, o con multa.

El recurso se tramitará en la Corte de Apelaciones de Santiago. El Ministro de Transportes y Telecomunicaciones deberá elevar los autos a la Corte dentro del plazo de los cinco días siguientes a la interposición del recurso.

La apelación se interpondrá dentro del plazo de 10 días contado desde la notificación de la resolución que resolvió el recurso de reposición o el jerárquico, según corresponda.

El proyecto será analizado por la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones.

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